LA POLÍTICA LABORAL DE PIÑERA

Recién al iniciarse agosto y no en julio, mes cuando debía empezar a regir el nuevo salario mínimo, el Gobierno envió con trámite de suma urgencia al Congreso el proyecto de ley respectivo. Se propuso a partir del primero de agosto un aumento nominal de 2,7% para los meses restantes de 2018, llevándolo así a $283.500. Ese reajuste significaría un incremento real muy cerca de cero si se tiene en cuenta que la inflación en doce meses a junio fue de 2,5% y debe incorporarse además el registro de julio.

Se alejó así totalmente de la propuesta efectuada por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) de acercarse con los mejoramientos anuales en un cierto plazo a $422.000, fundamentando el que se requiere llegar a un monto que lleve al trabajador y su familia a salir del nivel de pobreza. La formulación de la CUT fue declarada inmediatamente por el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, de ‚inviable‛, mientras el de Hacienda, Felipe Larraín, se limitaba antes de enviarse el proyecto de ley, a establecer que el incremento plurianual debería quedar en dependencia de la evolución económica general. Finalmente se propuso un reajuste plurianual de cuatro años a partir de los primeros de enero desde 2019 hasta 2022. Estableciéndose un incremento de 4,5% nominal anual con relación al mismo mes del año anterior si el crecimiento de la economía se proyecta por el informe de política monetaria del Banco Central en un rango mayor al 2% y menor o igual al 4%. Si esa proyección es igual o inferior al 2%, se reajustaría en 3,5% nominal y si lo hace sobre el 4% el porcentaje de aumento sería de 4,5% más los puntos de exceso sobre el punto de referencia, siempre en términos nominales. “(…) así –ejemplificó la propuesta gubernamental- si la proyección sugiere que la economía crezca 4,5%, es decir 0,5 puntos porcentuales sobre el 4%, el reajuste del salario mínimo será de 5% nominal”

Desde luego, la magnitud real del incremento queda en función de la evolución inflacionaria. En adelante los reajustes se efectuarían de acuerdo a una estimación de crecimiento futuro y no empezando, como se ha efectuado habitualmente por compensar la inflación acumulada, que significa una pérdida del poder adquisitivo. Además, no se considera que el inicio del reajuste en 2018 se haría a partir de agosto y no de julio como era lo tradicional.

La formulación oficial fue cuestionada desde antes de enviarse el proyecto a nivel parlamentario. El presidente de la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Gastón Saavedra, lo hizo recordando el planteamiento de la CUT. “Es tiempo de los $420.000 –dijo- en un periodo menor al que se planteó en términos plurianuales” y en cuanto al salario mínimo a regir en el año “debería llegar a lo menos a $300.000”. Monto con el cual coincidió Pablo Lorenzini, presidente de la comisión de Hacienda. “Esa es ($300.000) una cifra razonable para impulsar en una economía que va hacia arriba. Desde ahí, estamos disponibles para llegar a un acuerdo plurianual”.

Conocido el texto, los diputados democratacristianos, a través de Matías Walker, expresaron su rechazo al aumento de $7.500 a partir de agosto. “Nuestra bancada –reiteró-aspira a lo menos a $300.000. Lo propuesto por el Gobierno –añadió- es absolutamente insuficiente y está muy lejos de la cifra entregada por la CUT”. Por su parte, el diputado comunista Daniel Núñez, integrante de la comisión de Hacienda, calificó de “impresentable” el incremento para el año de $7.500. “Con esa propuesta –recalcó- el gobierno arriesga un rechazo de los diputados, no veo a ninguna bancada de la oposición apoyando un aumento tan magro”.

Debe recordarse las cifras entregadas por la Encuesta de Presupuestos Familiares 2017, las cuales muestran que en el primer decil el saldo negativo en la relación entre el nivel de gasto promedio del hogar y los ingresos disponibles es de 66% y en el segundo es todavía deficitario en un 28%. La variación del salario mínimo es una variable que incide en la evolución general de remuneraciones de un nivel significativo de trabajadores.

La política salarial de Piñera es similar a la defendida durante su primer gobierno. Recuerda las declaraciones efectuadas a mediados de 2010 cuando se discutía precisamente el salario mínimo por Felipe Larraín, también en ese momento su ministro de Hacienda. “No podemos poner en peligro el empleo de las personas menos calificadas –dijo- (…) alguien tiene que salir por ellos también” (1). Argumentos en el fondo igual a los efectuados por Nicolás Monckeberg para intentar explicar un bajo incremento del salario mínimo, afirmando en contra de la experiencia acumulada, que un reajuste superior incrementaría la tasa de desempleo.

Paralelamente, el gobierno llevó a la cúpula de la Dirección del Trabajo (DT) sus manejos para intentar resolver por vía administrativa temas que muchas veces requieren definiciones legislativas. El director designado, Mauricio Peñaloza, acentuando este rasgo hizo público un dictamen reconociendo los acuerdos suscritos por grupos negociadores como contratos colectivos. “(…) desde el once de marzo a la fecha -manifestó Nolberto Díaz, secretario general de la CUT- una Dirección del Trabajo que pareciera que está pauteada por el empresariado, porque lo único que ha hecho es con la vía administrativa cambiar la doctrina que ya se había fijado en dictámenes anteriores”.

La criticada determinación fue concretada con la oposición de José Francisco Castro, jefe del departamento jurídico de la DT y se dio a conocer sin su firma. Más aún, Peñaloza procedió a pedir la renuncia a Castro, quien hizo pública la noticia a través de Facebook, medio utilizado, además, para despedirse de los funcionarios de la dirección. Desde luego, en cambio, el dictamen fue valorado positivamente por el gran empresariado. Fernando Alvear, gerente general de la Confederación de la Producción y el Comercio, lo calificó de “una buena noticia” que se faculte a “trabajadores para negociar colectivamente y celebrar acuerdos sin necesidad de ser representados por un sindicato”.
De esta manera se procedió a violar abiertamente la reforma laboral aprobada por el Congreso que estableció la titularidad sindical. Frecuentemente grupos negociadores han contado con el abierto respaldo empresarial como una manera de buscar debilitar al movimiento sindical. El presidente de la Comisión de Hacienda del Senado, Juan Pablo Letelier, calificó el dictamen como una ‚aberración‛. “(…) una titularidad de los grupos negociadores –declaró- que no existe en la ley, que ni existe en la reforma ya que explícitamente se eliminaron los grupos negociadores como contraparte de una negociación de los trabajadores con los empresarios”.

“La actuación del Director del Trabajo –manifestaron a su vez 19 expertos laborales en declaración pública- desgraciadamente, no solo lesiona la historia de la institución, sino que, además, la coloca en un marco que sobrepasa las facultades que se le reconocen en la ley”. Efectuando un llamado al gobierno en orden a rectificar lo obrado y si se trata de resolver las controversias en la materia, formular las propuestas de ley que estime. El rechazo al dictamen lo efectuaron igualmente las dos entidades de funcionarios de la DT: la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo de Chile y la Asociación de Funcionarios Profesionales Universitarios. “Cuestionamos –señalaron- que se haya resuelto un cambio de doctrina sin el proceder habitual de involucrar al Departamento Jurídico (…), conforme está previsto en nuestra ley orgánica, y que no haya sido precedido de un mecanismo previo de consultas a las organizaciones de trabajadores y empleadores y otras opiniones calificadas”. En el texto indican que el origen del problema estaría en una reforma laboral con “significativos defectos”.

El paso dado por el piñerismo a través de Marcelo Peñaloza está en contradicción con el convenio 135 de la Organización Internacional del Trabajo, qué como recordó Claudia Donaire, expresidenta del Consejo Superior Laboral, establece “dar un trato preferente a los sindicatos u organizaciones sindicales, en relación a las representaciones no sindicales de trabajadores, a fin de garantizar que estas últimas no se utilicen para menoscabar la posición de los sindicatos en las empresas”.

Otro dictamen del director nominado por Piñera en la DT había establecido anteriormente que los beneficios otorgados a los trabajadores en sus contratos individuales deben seguir dándose a pesar de que se hayan reajustado en contratos colectivos y se forme o no parte de ellos. “Nosotros –manifestó Bárbara Figueroa, presidente de la CUT-, no compartimos la interpretación que ha hecho el director del Trabajo de cómo se debe entender la garantía de los beneficios históricos. (…) nosotros siempre sostuvimos (…) que los beneficios eran adquiridos dentro de un proceso de negociación colectiva, por lo tanto, quien tiene la titularidad respecto a estos beneficios es la organización colectiva, no son los trabajadores de manera individual”.

De otra parte, el proyecto de Estatuto Laboral para jóvenes pertenecientes a la educación superior, buscando conciliar sus estudios con trabajo, en la redacción propuesta conduce a facilitar nuevas formas de precarización laboral. “Nos enfrentamos –escribieron Patricia Silva y Rafael Pereira del Instituto Igualdad- (…) a una nueva arremetida por tratar de disponer del tiempo de la fuerza de trabajo. En este caso, de estudiantes entre 18 y 28 años, incorporando dos normas largamente anhelados por el empresariado: jornada distribuida de acuerdo con las necesidades de la empresa durante el día y poder ‘pactar’ la exclusión del descanso en los domingos y festivos a trabajadores que no se desempeñen en empresas autorizadas por el artículo 38 del Código del Trabajo. (…) ¿Para qué sirve –se preguntaron- esta nueva ley? Sirve para disponer de trabajadores durante el día en las horas exactas que el empleador lo requiera”. Por su parte, el senador Juan Pablo Letelier expresó que le llamaba la atención que la propuesta “se preocupa más de los estudiantes, que de los que no tienen la posibilidad de estudiar ni trabajar, que es donde está el problema más grande”. Los llamados “ni ni”.

Hugo Fazio

Agosto, 2018.

(1) Véase, La política salarial en ¿Por qué regresó Piñera? Ediciones Cenda 2018, pág. 94.